El mecanismo de segunda oportunidad diseñado por el Real Decreto-ley 1/2015 permite que aquella persona física que lo ha perdido todo por haber liquidado la totalidad de su patrimonio en beneficio de sus acreedores, pueda verse liberado de todas o parte de sus deudas pendientes tras la referida liquidación.

Mediante el mismo se persigue la continuidad de los negocios y la subsistencia de las personas, de tal manera que al deudor se le permita seguir desarrollando su actividad, bien sea por cuenta propia o ajena, sin arrastrar durante toda su vida las deudas que no ha podido satisfacer.

Desde el despacho prestamos una asesoramiento integral para la tramitación del proceso, desde la posibilidad flexibilizar los acuerdos extrajudiciales de pagos u obtener un acuerdo amistoso con los acreedores hasta la eventual exoneración de todas las deudas (salvo las contraídas con las Administraciones Públicas).