APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS 14 DE ABRIL A 20 DE MAYO 2020

Nuevas medidas tributarias COVID-19

El 15 de abril de 2020 se publicó en el BOE Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para  ampliación del plazo de presentación de la declaración trimestral del IVA y el pago fraccionado de  del Impuesto de Sociedades y el IRPF, para los autónomos y PYMES con una facturación inferior a 600.000 euros

Plazo

El  real decreto dispone para los tributos que se indican, la extensión del plazo de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el día 20 de mayo de 2020. Sin embargo, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

¿A qué tributos se aplica?

Esta moratoria se aplica a las autoliquidaciones de IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades

Capilano Forest Vancouver«Capilano Forest Vancouver» by Lesmacphotos is licensed under CC BY-NC-ND 2.0

¿Quién puede beneficiarse de este aplazamiento?

En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto ley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha.

¿Quiénes no pueden beneficiarse de este aplazamiento?

En  el caso de los obligados que tengan la consideración de Administraciones públicas, incluida la Seguridad Social, será requisito necesario que su último presupuesto anual aprobado no supere la cantidad de 600.000 euros

Los  grupos fiscales que apliquen el régimen especial de consolidación fiscal regulado en el capítulo VI del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, con independencia de su importe neto de la cifra de negocios

Los grupos de entidades que tributen en el régimen especial de grupos de entidades del Impuesto sobre el Valor Añadido regulado en el capítulo IX del título IX de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con independencia de su volumen de operaciones

Presentación de declaraciones reguladas por el Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se aprueba el código aduanero de la Unión y/o por su normativa de desarrollo

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