La sentencia de 24 de septiembre de 2019 responde a la duda de si la firma de la liquidación del contrato sin objeciones por parte del contratista significa que éste perdona los intereses generados por retrasos en los pagos. FUENTE
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La sentencia de 24 de septiembre de 2019 responde a la duda de si la firma de la liquidación del contrato sin objeciones por parte del contratista significa que éste perdona los intereses generados por retrasos en los pagos. FUENTE